El despacho de abogados supera ya la cifra de 110 millones de euros exonerados a través del mecanismo de segunda oportunidad
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2ª) ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) en el caso de una persona con una deuda de 344.992 euros que no podía asumir. El caso lo ha tramitado Repara tu Deuda Abogados, despacho de abogados líder en España en la Ley de Segunda Oportunidad. VER SENTENCIA
Según explican los abogados de Repara tu Deuda, «el origen del sobreendeudamiento está en que la persona que ha quedado exonerada figuraba como fiadora de determinadas deudas
derivadas de su actividad empresarial». Al no poder hacer frente a la deuda que había contraído acudió al despacho en busca de una solución a sus problemas.
La Ley de Segunda Oportunidad entró en vigor en España en el año 2015. La realidad es que, a pesar de que muchos particulares y autónomos aún desconocen la existencia de este mecanismo, han sido ya más de 20.000 personas las que han puesto su caso en el despacho para cancelar las deudas que han contraído.
Para ofrecer certezas, es necesario contar con sentencias a disposición de cualquier persona interesada en consultarlas. Por esta razón, el despacho de abogados publica en su página web todos los autos de los procedimientos en los que ellos han participado, respetando el anonimato de quienes quieran mantenerlo.
En la actualidad es el que más casos ha llevado en España y también y el que más deuda ha cancelado a sus clientes ya que ha superado los 110 millones de euros exonerados. «Podemos decir que nuestros clientes -explican los abogados – son nuestros principales prescriptores. Y es que, dado el éxito de los casos y de cómo han cambiado sus vidas, cuentan en primera persona su historia de sobreendeudamiento y el alivio que ha supuesto tener una segunda vida». Repara tu Deuda Abogados cuenta con un 100% de éxito en los casos tramitados.
Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es necesario cumplir una serie de requisitos previos. Así, el importe debido no ha de ser superior a los 5 millones de euros, no puede haber sido condenada por delitos socioeconómicos en los diez últimos años y tiene ser considerada una deudora de buena fe.
Fuente Comunicae