En la actualidad, tan solo el 8,9% de estas empresas dispone de este documento

A lo largo de un estudio realizado durante dos años el Instituto de Empresa Familiar (IEF), los resultados han arrojado datos muy a tener en cuenta por todas aquellas empresas con una base familiar, un modelo que supone el 89% del total de empresas privadas en España y son responsables del 57,1% del valor añadido bruto del sector privado.

Y es que esta tipología de negocio genera según el mismo análisis hasta el 67% del empleo del sector privado, lo que equivale a 6,58 millones de puestos de trabajo frente a los 3,28 millones de empleos de las empresas no familiares. Una cifra nada desdeñable que, a pesar de estas grandes cifras, también posee un porcentaje que puede hacer saltar las alarmas legales de este tipo de empresas, y es que solo el 8,9% de estas empresas dispone de un Protocolo Familiar.

Para poder generar consciencia de la importancia de este aspecto legal, desde el despacho de Ramells Ramoneda, gabinete de asesores y consultores en Barcelona, han querido repasar de manera clara y sencilla los aspectos más determinantes de este protocolo.

El protocolo familiar es un documento en el que los socios, los legítimos futuros socios por derechos hereditarios y, eventualmente, otros familiares plasman determinados acuerdos alcanzados con la finalidad de regular el funcionamiento interno de la empresa familiar en el presente y en el futuro, así como las propias relaciones profesionales, económicas e incluso personales entre los miembros de la familia y la empresa en la medida en que afecten a esta última.

De esta manera se regulan aspectos principales como la gestión y administración de la empresa familiar, la forma y momento en que se llevará a cabo la sucesión delegando la gestión en los sucesores, los requisitos objetivos para acceder a los diferentes puestos y las remuneraciones de familiares, la entrada o salida de socios.

En dicho documento se suelen regular, por ejemplo, los requisitos que deben cumplir los familiares que quieren trabajar en la empresa; o las reglas aplicables frente a cónyuges o familiares políticos; o, si la empresa pertenece a varias familias, las normas aplicables para mantener el equilibrio entre las diferentes ramas.

El protocolo obliga a quienes lo firman, por lo que si algún socio lo incumple los demás pueden exigir judicialmente su cumplimiento (más una indemnización por los daños y perjuicios que dicho incumplimiento haya provocado).

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