El Ministerio de Consumo ha iniciado el procedimiento para reforzar la regulación en el comercio de las mascarillas higiénicas, también denominadas cobertores faciales comunitarios. Para ello, Consumo ya ha remitido a consulta pública el texto para ampliar los requisitos de etiquetado, publicidad y control de estos productos con el fin de garantizar que la población sea consciente de su finalidad y características.
En España, entre la población sin síntomas de Covid-19 y que no está en contacto con personas contagiadas, se ha popularizado el uso de mascarillas higiénicas. Esto ha motivado que en el mercado existan numerosos productos de este tipo que, sin embargo, no se ajustan a los requisitos mínimos de protección facial. De hecho, en los últimos días, diversos centros sanitarios han prohibido el acceso a sus instalaciones con mascarillas de tela.
Tal y como ha advertido recientemente la Comisión Europea, la regulación actual hace que, en determinadas ocasiones, las indicaciones, sugerencias, formas de presentación o referencias a equivalencias estén dando lugar a malentendidos sobre el tipo de mascarilla que se está adquiriendo. Por ello, Consumo apuesta por un texto normativo que defina el concepto de ‘mascarilla higiénica’ o ‘cobertor facial comunitario’, como primer paso para endurecer la regulación de este producto.
Con ello, el Gobierno va a reforzar los requisitos de etiquetado de estos productos, incidiendo sobre la veracidad de las características que indiquen información sobre lavados y pérdida de eficacia.
Asimismo, se prohibirá la utilización de inscripciones, signos, anagramas, dibujos o indicaciones que puedan dar lugar a engaño sobre el tipo de mascarilla que el consumidor está adquiriendo.
Por último, Consumo regulará la utilización e información del comercio de los filtros que son utilizados a modo de consumibles y que son intercambiables. Estos pueden comercializarse separadamente de las mascarillas higiénicas, aspecto que actualmente tampoco tiene una normativa específica.
Sanciones
De acuerdo con la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (LGDCU), Consumo va a establecer como infracción el incumplimiento de las normas relativas a etiquetado, envasado y publicidad de las mascarillas higiénicas.
Las autoridades de consumo de las Comunidades Autónomas, de acuerdo con su normativa autonómica, podrán iniciar expedientes sancionadores contra las compañías que comercialicen este tipo de mascarillas sin respetar las normas de etiquetado y retirar de la circulación los productos.
Orden Ministerial
La regulación de las mascarillas higiénicas se hará a través de una Orden Ministerial con base en la potestad del Ministerio de Consumo para dictar reglamentos sobre etiquetado de productos recogido en la LGDCU.