La ley de segunda oportunidad ofrece a personas físicas y autónomos endeudados y con problemas económicos graves, la posibilidad de reducir sus deudas de una manera cómoda, accediendo a un procedimiento que culmina con la cancelación de todas sus deudas. Paunero & Jerónimo desvelan las claves de este fenómeno
Tal vez tener deudas es algo a lo que todo el mundo está acostumbrados. El simple hecho de pedir una hipoteca para una vivienda ya hace entrar en la lista de personas con deudas, porque es un dinero que se debe pagar al banco cada mes para devolver lo prestado.
Algunas personas compran a crédito, que también es una deuda, y pagan cosas a plazos para poder conseguir un servicio o un bien que necesitan de manera más cómoda. También aquellos que quieren empezar un negocio por su cuenta, puede que necesiten pedir dinero a un banco para poder comenzar el negocio. En todas estas situaciones hay algo en común, hay una persona, física o jurídica, que pide y otro que presta el dinero.
Esta circunstancia no es ajena, pero el problema es cuando la deuda es tan grande y el patrimonio tan pequeño, que al deudor le cuesta poder hacerse cargo de los pagos para devolver el dinero prestado, es lo que se denomina, situación de insolvencia.
En estos casos, cuando la situación es muy grave, existe una ley a la que estos deudores pueden acogerse, siempre que cumplan con los requisitos, y es la ley de segunda oportunidad.
El bufete de Abogados Paunero Jerónimo, ofrece más información sobre esta ley que permite a personas en una situación financiera complicada un poco de desahogo.
Ley de segunda oportunidad, en qué consiste
La ley de segunda oportunidad, como su nombre bien refleja, ofrece la posibilidad en primera instancia de hacer frente a los pagos de esas deudas que les ahogan, de una manera más sencilla. De esta manera se ofrece la oportunidad de que la carga financiera sea menor, facilitando un calendario mucho más asequible a las posibilidades del deudor.
Así se obtiene una segunda oportunidad para quitarse las deudas, pero sin dañar el patrimonio que posee la persona física al poder renegociar la deuda.
Esta primera fase que determina la ley, intenta evitar que la persona deudora deje de pagar, y que pueda hacer frente a los pagos de una manera más cómoda sin poner en riesgo su futuro. De este modo, el deudor y el acreedor pueden sentarse para organizar un nuevo método de pago mucho más accesible aplicando quitas (de incluso hasta el 90%) y esperas a la deuda contraída.
En caso de no ser posible este acuerdo previo, la ley de segunda oportunidad ofrece, en segunda instancia, la posibilidad de acceder a un procedimiento judicial que culmina con la cancelación de todas las deudas. En este caso, y salvo contadas excepciones, previa liquidación de su patrimonio.
En conclusión, esta ley ofrece la posibilidad al deudor la posibilidad de seguir adelante con sus proyectos sin quedar perpetuamente lastrado por las deudas contraídas.
Requisitos para acogerse a la ley de segunda oportunidad
Todos los seres humanos se merecen una segunda oportunidad para hacer frente a sus errores y poder enmendarlos. De esta manera, al acogerse a la ley de segunda oportunidad, una persona física puede pagar lo que debe a su acreedor sin poner en riesgo su patrimonio o bien acceder a un procedimiento que le permite cancelar todas sus deudas.
Aun así, para acogerse a esta ley y de esta manera evitar posibles abusos, es necesario cumplir con ciertos requisitos.
- La persona física deudora debe ser insolvente y ofrecer una alternativa mediante un plan de pagos que en ningún caso puede superar los 10 años.
- Si el deudor es una persona física, debe demostrar que no actúa con mala fe. Es decir, que el incumplimiento de sus pagos no se ha producido de forma estratégica o malintencionadamente. En relación con esto, debe acreditar que no ha sido condenado por delitos de tipo económico, contra los trabajadores o falsedad en documentos.
- La deuda a cancelar no debe superar los cinco millones de euros.
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