La Audiencia Nacional ha rechazado suspender de forma cautelarísima la Orden del Ministerio de Sanidad que ordenado el cierre de la capital y varios municipios de la Comunidad de Madrid. Y es que para los jueces «no concurren las razones de especial urgencia para proceder a la suspensión sin escuchar primero las alegaciones de Sanidad».
A través de un comunicado, la Audiencia Nacional recuerda que para adoptar esta medida se exigen circunstancias que pongan de manifiesto una urgencia «excepcional o extraordinaria» de mayor intensidad que la normalmente exigible para la adopción de las cautelares. El Tribunal ha destacado que estas medidas van destinadas a las comunidades y no a las personas
La petición de cautelarísimas queda entonces rechazada aunque ahora se tramitará para decidir si se toma alguna medida por el trámite de cautelares aunque ya teniendo en cuenta las alegaciones del Ministerio de Sanidad. «La afección tendrá lugar, en su caso, cuando las destinatarias de los actos administrativos impugnados, las Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla», prosigue el auto, «dicten resoluciones adoptando medidas que ya directa e individualmente afecten a los ciudadanos».