El Boletín Oficial del Estado ha publicado este sábado la nueva Orden de Sanidad sobre la flexibilización de las restricciones en el ámbito deportivo durante la fase 2. Así, «se podrá proceder a la reanudación de la competición profesional siempre y cuando la evolución sanitaria lo permita» y en el caso de que así sea será «sin público y a puerta cerrada» aunque sí se permitirá la «entrada de medios de comunicación para su retransmisión».
En cuanto a los entrenamientos estipula que “los clubes deportivos profesionales o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a una modalidad deportiva específica, cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene”.
El BOE informa también de que “se podrá proceder a la apertura de las instalaciones deportivas cubiertas para la realización de actividades deportivas con las limitaciones que recoge este artículo. Podrá acceder a las mismas cualquier persona que desee realizar una práctica deportiva, incluidos los deportistas de alto nivel, de alto rendimiento, profesionales, federados, árbitros o jueces y personal técnico federativo”.
BODAS CON AFORO MÁXIMO DE 100 PERSONAS
El BOE avanza también que la fase 2 estarán permitidas las bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta en espacios cerrados. Éstas se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones «públicas o privadas». Además se obliga al cumplimiento de las medidas de higiene y prevención establecidas por Sanidad.
Las celebraciones posteriores a la ceremonia nupcial que impliquen servicio de restauración deberán regirse por las normas de seguridad a las que se ciñan estos establecimientos. Esto es también aplicable a bautizos, comuniones o confirmaciones.