FACUA-Consumidores en Acción se ha dirigido a la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid para solicitarle que confirme que la empresa de viajes en crucero Pullmantur dispone de garantías suficientes para cubrir los posibles reembolsos a los que tenga que hacer frente tras el anuncio de su quiebra.
El grupo empresarial al que pertenece la naviera Pullmantur anunció este pasado lunes 22 de junio que había presentado concurso de acreedores debido a la mala situación financiera que arrastraba desde 2019 y que se había agravado tras la paralización de sus actividades por la crisis del Covid-19. Según han publicado distintos medios de comunicación, podría haber hasta 150.000 usuarios afectados que ya tendrían viajes contratados con la empresa.
En este sentido, FACUA advierte de que las normativas española y europea obligan a las empresas que ofrezcan viajes combinados a disponer de garantías suficientes para la protección de los usuarios en este tipo de circunstancias, ya que los afectados tienen derecho a solicitar el reembolso de los viajes que hayan pagado si finalmente no van a poder realizarse -debido a la quiebra-.
La asociación indica que, al tener Pullmantur su sede social en la Comunidad de Madrid, es competencia de la Dirección General de Turismo de dicha comunidad velar y supervisar que la empresa cumple con su obligación de disponer de dicho régimen de garantías.
Así, aunque la empresa informa en su página web de que dispone de garantías de protección frente a la insolvencia constituidas con la empresa Accredited Insurance (Europe) LTD -con domicilio social en Malta- , lo cierto es que se desconoce cuáles son las condiciones concretas de dicha garantía, si ha sido constituida alguna otra, si son suficientes para cubrir los importes de los pagos realizados por los viajeros y si han sido adaptadas en base a los riesgos que previsiblemente entrañaban los problemas financieros que ya podía venir lastrando la empresa desde finales de 2019.
Este desconocimiento pone en evidencia la necesidad de que las asociaciones de consumidores y los propios usuarios puedan tener acceso a dicha información para garantizar la protección de los derechos que les asisten y el acceso a la protección frente a la insolvencia.
FACUA, por tanto, entiende que la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid debe confirmar e informar sobre las condiciones concretas de dichas garantías, a la vez que debe habilitar un procedimiento para asegurar que los usuarios dispongan de una vía de acceso fácil que les permita ejercer su derecho al reembolso y adoptar todas medidas que pudieran llevarse a cabo en caso de que detecte algún incumplimiento por parte de la empresa.
Qué dice la ley
El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, establece en su artículo 164 que «los organizadores y los minoristas de viajes combinados establecidos en España tendrán la obligación de constituir una garantía y adoptarla cuando sea necesario […] en los términos que adopte la Administración competente».
Esta normativa es consecuencia de la trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva UE 2015/2302, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados -a la que se encuentra sometida jurídicamente Pullmantur-, que establece en su artículo 17 que «los Estados miembros garantizarán que los organizadores establecidos en su territorio constituyan una garantía que permita reembolsar todos los pagos realizados por los viajeros o en su nombre en la medida en que los servicios correspondientes no se hayan ejecutado por causa de la insolvencia del organizador«.
A su vez, este mismo artículo indica que la garantía «será efectiva y cubrirá los costes que sean previsibles de manera razonable. Cubrirá los importes de los pagos realizados por los viajeros o en su nombre en relación con viajes combinados«.
Fotografía: Attribution: Piergiuliano Chesi