El Euribor oficial correspondiente al mes de octubre ha alcanzado un nuevo mínimo histórico, al llegar al -0,180%. Con este índice la tasa resultante de sumar el diferencial al índice comienza a ser negativa en algunas hipotecas.

Hipotecas que rompieron esquemas

¿Una hipoteca con interés negativo? No es una utopía, puede suceder, y puede pasar pronto.

En abril de 2008 Bankinter lanzó una hipoteca referenciada a Euribor + 0,18%. Un mes después, Deutsche Bank lanzó la “Hipoteca Rompedora”, referenciada a Euribor + 0,17%.

Los clientes que contrataran alguna de estas hipotecas con esas condiciones y tengan revisión en los próximos meses pueden ser los primeros en encontrarse con que a su hipoteca corresponde aplicarle un tipo negativo. Y entonces… ¿qué?

¿Qué pasa si el tipo de interés resulta ser negativo?

Las cuotas de los préstamos hipotecarios están compuestas por dos partes: la que corresponde a la devolución paulatina del capital prestado, y los intereses a pagar. Por tanto, si se aplicaran tipos de interés negativos, a la parte de capital que correspondería devolver cada mes se le debería resta el interés, de manera que la cuota que te tocaría pagar sería inferior al capital que había que devolver.

Un ejemplo ayudará a verlo más claro: imaginemos un préstamo de 100.000 euros de capital pendiente y 10 años de plazo pendiente al que tras la revisión del tipo de interés con el Euribor le correspondiera un interés de -0,02%, debería pagar una cuota de 832,49 euros, de la cual 834,16 sería devolución de capital y -1,67 de intereses.

¿Aplicará la banca tipos negativos?

En los préstamos a tipo de interés variable, el tipo aplicable presenta una evolución similar a la de los intereses a corto plazo: en épocas de subidas, éstas se trasladan automáticamente a los hipotecados, cumpliendo con lo establecido en los contratos. De la misma manera que la banca aplica automáticamente las subidas de tipos, debería aplicar también las bajadas, incluso si los tipos son negativos.

Obviamente, no tendría sentido que, por una bajada de tipos de interés como la actual, quien presta el capital incluso tuviera que devolvernos dinero, pero aplicar intereses negativos durante un corto periodo de tiempo no afecta hasta ese punto la naturaleza del préstamo. Los contratos deben analizarse en su conjunto, no fijarse en unos meses: si se calcula la TAE desde el inicio del préstamo y teniendo en cuenta su duración, esa TAE será siempre positiva, por lo que el consumidor siempre abonará intereses por la deuda contraída, incluso aunque hubiera momentos con intereses negativos.

Deben cumplir el contrato

Si llega el caso de que los intereses aplicables a los consumidores sean negativos, OCU exigirá a las entidades el cumplimiento de los contratos y actuará en defensa de los consumidores, tomando medidas para obligar a que se cumpla lo estipulado.

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