La mejor forma de no llevarse sorpresas desagradables tras la compra de un vehículo de segunda mano es la de consultar antes su historial administrativo en el Registro General de la Dirección General de Tráfico. En esta guía rápida se indica cómo, dónde, cuándo, y cuánto cuesta pedir el Informe de la DGT de un Vehículo
Cómo y dónde pedir el Informe de la DGT de un Vehículo
El Informe Completo de un coche, moto u otro vehículo registrado en la Dirección General de Tráfico se puede pedir online en la sede electrónica de la DGT siempre que se disponga de un certificado digital o cl@ve y de un ordenador, tablet o móvil, bien configurado para cumplir con los requisitos establecidos por la plataforma de la sede electrónica de la DGT.
Si no se cuenta con un certificado digital o si no se quiere o no se sabe configurar y verificar el dispositivo a utilizar, siempre se puede pedir el Informe de la DGT del Vehículo a un Gestor Colegiado Administrativo. El Gestor puede aclarar si no hay problema para realizar la transferencia del vehículo, tras la compra, o cualquier otra duda sobre los datos que figuren en el Informe.
El Informe se puede pedir también de forma presencial en una oficina de la DGT, pero resulta poco operativo al requerir de cita previa y desplazamiento. Por otro lado, hay que tener en cuenta que la cita previa en la DGT, desde el 1 de marzo de este año, está reservada solo para particulares y que puede demorarse bastante en algunas oficinas.
A día de hoy, las empresas se ven obligadas a realizar todos los trámites con la DGT por internet con certificado eléctronico. La otra alternativa sería la de hacerlos en una gestoría de forma más cómoda, y sobre todo, más rápida.
En qué momento hay que pedir el Informe DGT de un Vehículo y cuánto cuesta
El Informe DGT hay que pedirlo siempre justo antes de adquirir el vehículo. De esta forma se evitará la posibilidad de que se produzca cualquier posible incidencia entre la fecha de compra del vehículo y la del Informe.
El informe tiene un coste de 8,59 € (año 2021) si se solicita en sede electrónica de la DGT con certificado digital o cl@ve o de 12,49 € a 20 € si se pide a una gestoría. En este último caso, no se necesita certificado y se puede saber con mayor seguridad si hay algún impedimento para que se pueda realizar el cambio de titularidad del vehículo.
El Informe de la DGT, indica si el vehículo tiene cargas o gravámenes, sanciones atribuibles al propietario, el historial de titulares, los resultados de las ITV, si ha estado dado de baja de forma temporal o definitiva, si ha sido robado, los datos técnicos, y mucha más información útil. En Blogcochesegundamano.com se explica, de forma clara y detallada, todos los datos que puede llegar a incluir el Informe.
Pasos siguientes
Una vez se haya verificado que no hay problema para realizar la transferencia del coche o del vehículo que se pretenda adquirir, habría que revisarlo para evitar posibles vicios ocultos. La revisión la puede hacer uno mismo, si entiende del tema, o buscando la ayuda de un mecánico experto en caso contrario.
Por último, si los dos pasos anteriores fueron satisfactorios, habría que realizar el cambio de titularidad del vehículo.
En el caso de una compraventa normal, el trámite de cambio de titularidad del vehículo se puede realizar de forma presencial u online en un Gestor Colegiado Administrativo, o también en la sede electrónica de la DGT, siempre y cuando se disponga de certificado digital o cl@ve.
Para ello, el comprador necesitará la siguiente documentación:
– Contrato de compraventa firmado por el comprador y vendedor, o factura emitida a su nombre, si el vehículo lo vende una empresa.
– DNI en vigor del vendedor. Si es una empresa, copia del DNI del apoderado, CIF de la empresa y Documento de Acreditación de Personas Jurídicas.
– DNI en vigor del comprador. Si es una empresa, DNI en vigor del apoderado, CIF de la empresa y Documento de Acreditación de Personas Jurídicas.
– Certificado u hoja de empadronamiento del comprador, si la dirección no figura actualizada en el DNI.
– Justificante de pago del Impuesto de Circulación (IVTM) del año anterior al que se efectúa el cambio de titularidad, salvo que se haya pagado en periodo voluntario.
– Permiso de Circulación del Vehículo. Si no se tiene, declaración jurada de destrucción o extravío.
Si el trámite se hace en una gestoría:
– Mandato de Gestoría firmado por el comprador y otro por el vendedor.
Si el trámite se hace directamente en la DGT:
– Impreso de Solicitud de Cambio de Titularidad de la DGT firmado por el comprador y por el vendedor.
– Justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), salvo que el vehículo vendido estuviera afecto al 100% a la actividad de la empresa que lo vende y se presente, en su lugar, la factura correspondiente.
Habrá que aportar documentación adicional en casos especiales, dependiendo del tipo de transferencia: entre cónyuges, separación o divoricio, vehículo procedente de Ceuta, Melilla o Canarias, vehículo de una herencia o donación, vehículo exento de algún impuesto, vehículo embargado, vehículo agrícola, vehículos de transporte de mercancías y autobuses.
La transferencia del vehículo hay que hacerla antes de 30 días, contados desde la fecha de adquisición.
Seguir los pasos enumerados en este artículo no requiere mucho esfuerzo y ayuda a evitar, sin duda, los problemas más frecuentes asociados a la compra o venta de un coche de segunda mano.