Lefebvre proporciona una herramienta de gestión que permite implantar un Sistema Interno de Información (SII) asegurando el cumplimiento de la Ley 2/2022 y la Directiva Europea de protección del informante. La nueva Ley establece un régimen de infracciones con multas que van desde los 1.000€ hasta los 300.000€ en caso de ser cometidas por personas físicas o hasta 1.000.000€ si se cometen por personas jurídicas

Desde el 1 de diciembre, las empresas con más de 50 empleados y todas las entidades públicas deberán disponer de un canal de denuncias obligatorio. Por ello, para ayudar a las empresas, partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, fundaciones y aquellas entidades que integran el sector público, Lefebvre, proveedor de software y contenido jurídico líder en España, ofrece Centinela Canal de Denuncias. Se trata de un software avanzado que permite la implementación y gestión de un canal de información interna asegurando tanto el cumplimiento de la nueva norma como de la Directiva de protección del informante, cuyo objetivo es proteger a las personas que informen sobre vulneraciones del ordenamiento jurídico dentro de su empresa.

Con el software Canal de Denuncias de Lefebvre las organizaciones pueden implantar de manera sencilla el Sistema Interno de Información (SII) establecido por la Ley 2/2023, además de asegurar un sistema de alerta y de detección de irregularidades, así como garantizar la confidencialidad de la información, ya que facilita que aquella que sea material sensible se trate internamente antes de hacerse pública. En opinión de Víctor Martínez, responsable de Software en Lefebvre, «es una herramienta excelente para detectar posibles infracciones y, sobre todo, hacerlo en una fase temprana antes de que se conviertan en graves o constitutivas de delito. Facilita la elaboración de la política y el protocolo para implementar el sistema al completo».

¿Cuáles son algunos de los requisitos para su adecuada implantación?
Algunas de las condiciones necesarias son:

  • Designar a una persona responsable para gestionar el canal de denuncias.
  • Proporcionar una confirmación al informante en un periodo máximo de siete días desde el momento de presentación de la comunicación.
  • Dar respuesta a las actuaciones de comunicación, en un período no superior a tres meses desde la recepción de la comunicación, salvo casos que por su complejidad requieran una ampliación de plazo.
  • Suprimir los datos de carácter personal contenidos en la comunicación de acuerdo con la regulación legal sobre el tratamiento de datos personales.

¿Qué se puede denunciar en un canal de denuncias compliance?

  • Acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea.
  • Acciones o infracciones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa, grave o muy grave.
  • Infracciones de Derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Hechos constitutivos de corrupción, conflictos de intereses o cohecho.
  • Acoso laboral y/o sexual. El abuso de poder y acoso laboral, sexual y la amenaza oral, escrita o física, las conductas que violen los derechos laborales y el estatuto de los trabajadores, así como el convenio colectivo.

Además, Lefebvre ofrece la Guía Rápida Canal de Denuncias, una obra para entender adecuadamente la Ley 2/2023, que recoge los requisitos para la homologación de los departamentos o personas responsables del sistema interno de información. Entre otras novedades, incorpora la normativa sectorial estatal, que contempla canales específicos de denuncia internos y externos, en sectores como los mercados de valores, entidades de crédito o de prevención del blanqueo de capitales.

Fuente Comunicae

Los comentarios están cerrados.

© 2024 revistanegocios.es | Todos los derechos reservados

Este sitio web utiliza cookies. Si continúa utilizando este sitio, estará aceptando nuestro uso de cookies. 

Exit mobile version