AESCO-CES pide a las Administraciones Públicas que sean sensibles al impacto que la propagación del COVID-19 y las medidas de prevención y contención adoptadas están teniendo en el sector del comercio, unas consecuencias que están siendo de igual o mayor intensidad que en otras actividades económicas.

Entre otras situaciones, AESCO-CES ha detectado que se están produciendo las siguientes:

1. Descenso de flujos por las calles.

2. Descenso de ventas. El consumidor ha disminuido sus compras en aquellos sectores diferentes de bienes de primera necesidad.

3. Centran el gasto en productos de primera necesidad, en establecimientos de grandes superficies.

4. Preocupación en cómo afrontar el pago de sus trabajadores en caso de que las ventas sigan disminuyendo, aparte de la consiguiente disminución de plantilla debido a esa falta de ventas.

Por tanto, AESCO-CES solicita medidas relacionadas con la incentivación del consumo, además de otras financieras y burocráticas.

1.- MEDIDAS PARA PROMOVER EL CONSUMO LOCAL – Tranquilizar a los clientes, el comercio tradicional y de proximidad ofrece todas las garantías sanitarias para que los clientes acudan a él con toda tranquilidad. – Buscar la forma de incentivar el consumo en aquellos comercios cuyos productos no sean de primera necesidad -y en los que se espera que más se paralice su consumo-, de modo que se les ayude a salvar la temporada. – Fomentar que el consumo de primera necesidad se haga en los negocios locales, tradicionales y de proximidad.

2- MEDIDAS PARA AYUDAR LA FINANCIACION DEL NEGOCIO – Implantación de medidas que flexibilicen los plazos de pago a proveedores, seguridad social y otros impuestos. – Medidas y ayudas en la gestión de los recursos humanos:  Que faciliten la modificación de los contratos en el caso de que haya que aplicarlas por pocos ingresos y que sea la Seguridad Social la que se haga cargo de éstos, bien a través de bajas o bien por la inactivación temporal de la actividad como consecuencia del Coronavirus.  Flexibilidad y facilidades de pago de los seguros sociales, facilitar ERES temporales si la situación continúa para que el coste de la plantilla no lleve al cierre definitivo de los negocios.

En caso de cierre temporal de los comercios declarado por las instituciones, se solicita que se declare esa medida en las condiciones adecuadas para que los comerciantes puedan cobrar del consorcio de seguros o institución similar cada día de cierre forzoso.

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