Helena Poch, abogada de Audiconsultores ETL GLOBAL, firma miembro del grupo ETL GLOBAL, que presta servicios de asesoramiento legal, fiscal, consultoría y laboral, además de, otras especialidades a las empresas, ha liderado un procedimiento concursal de uno de los clientes de la firma aplicando la «Ley de la Segunda Oportunidad», con la finalidad de solicitar la exoneración total de sus deudas insatisfechas
El pasado 26 de septiembre entró en vigor la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), cuyo objetivo, entre otros, era el de amparar el tejido empresarial español, así como a aquellos particulares que buscaban empezar de cero tras una mala racha económica. La meritada ley ha supuesto una reducción de tiempo y dinero para las personas que buscaban una salida a su situación financiera personal, dado que ha facilitado el procedimiento concursal para las personas físicas.
No es casualidad que desde la entrada en vigor del TRLC, el pasado mes de setiembre de 2022, ha aumentado de forma incesante la incoación de procedimientos concursales para personas físicas.
En este sentido, Audiconsultores ETL GLOBAL ha atendido y liderado un número considerable de concursos. En especial, cabe destacar uno de ellos en el que, Helena Poch, ha representado un cliente de la firma que, en calidad de administrador y con el fin de beneficiar a su empresa, avaló múltiples préstamos, leasings y pólizas de crédito. «Es habitual que los administradores acaben respondiendo ante las deudas de las sociedades cuando estas entran en crisis», indica Poch. Como era previsible, cuando la sociedad del cliente entró en concurso, este acabó cargando con el gran peso de las deudas pendientes. Desde Audiconsultores ETL GLOBAL, se consideró que la mejor opción para hacer frente a esta situación era acogerse a lo previsto por el nuevo TRLC.
Consecuentemente, gracias a la nueva regulación en materia concursal, en un plazo de tiempo especialmente breve y sin que comporte un gran coste económico, el cliente ha obtenido la exoneración total del pasivo, el cual ascendía, en el referido caso, a la cantidad de, ni más ni menos, 1.430.615,40€.
Fuente Comunicae