Los propietarios de terrenos ubicados en un radio de 1.500 metros alrededor de un pozo de extracción de gas o petróleo tendrán derecho, sea cual sea el uso de esas tierras, a recibir el 1% de los hidrocarburos producidos.
Esta novedad aparece recogida en una orden ministerial de Energía, Turismo y Agenda Digital publicada este lunes en el BOE y en la que se desarrolla el Impuesto sobre el Valor de Extracción de Gas, Petróleo y Condensados.
La orden ministerial tiene precisamente como objeto determinar la forma en la que los propietarios de los terrenos podrán obtener el valor equivalente al 1% de los hidrocarburos extraídos, así como fijar la forma de medir y cuantificar el valor del gas y petróleo extraídos.
La nueva Ley de Hidrocarburos 8/2015, aprobada en la etapa del ministro José Manuel Soria, establecía un perímetro de referencia para los propietarios de terrenos en cuyo subsuelo se estén extrayendo hidrocarburos, sin llegar a delimitar su tamaño.
Ahora, la orden ministerial indica que este perímetro corresponderá a la superficie comprendida «dentro de un radio de 1.500 metros alrededor de la boca de cada sondeo productivo». Para una misma concesión, podrán coexistir distintos perímetros de referencia, pero se repartirá entre los propietarios el valor de la producción conjunta.
Cuando haya dos sondeos productivos cuyas bocas estén a menos de 3.000 metros, se tomará la envolvente exterior de ambos perímetros incluida dentro de la tangente entre ambas circunferencias.
La orden ministerial también determina la forma de medir los hidrocarburos extraídos y de fijar su valor económico a partir de la referencia de cotización del Brent y, en el caso del gas, del Mibgas.
Con la orden ministerial de este lunes, se desarrolla la nueva Ley de Hidrocarburos 8/2015, aprobada en la etapa del ministro José Manuel Soria y en la que se adoptan medidas que van desde la mejora de la competencia en gasolineras hasta el impulso al ‘fracking’.
Para incentivar el ‘fracking’ y animar a las autoridades locales, la ley estableció además un gravamen de entre el 1% y el 4% sobre la producción de gas no convencional y un canon de 125.000 euros que se abonará por cada sondeo de exploración y cada pozo de producción en tierra.
Lo recaudado tanto con el gravamen como con el nuevo canon deberá revertir con especial intensidad en las comunidades autónomas y en los municipios donde se ubiquen los pozos, dice la ley.
MADRID, 6 Feb. (EUROPA PRESS)