sta medida coordinada se aplicará mientras no se permita dicha asistencia en los partidos profesionales de ámbito nacional.
El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han acordado, en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS), que no se permitirá la presencia de público en los acontecimientos deportivos que se celebren en España en el marco de competiciones internacionales de fútbol y baloncesto de carácter profesional.
Esta medida se aplicará, al menos, mientras no se permita dicha asistencia en las competiciones profesionales de ámbito nacional, tal y como se recoge en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La acción coordinada está destinada a aplicar un único criterio a nivel estatal con respecto a la autorización de asistencia de público en las competiciones deportivas de carácter profesional de fútbol y baloncesto de ámbito europeo, teniendo en cuenta que la decisión sobre el establecimiento de normas de aforo y otras medidas para prevenir el riesgo de contagio en este tipo de competiciones deportivas corresponde a las comunidades autónomas.
La declaración de actuaciones coordinadas pretende ofrecer una respuesta conjunta ante la actual situación epidemiológica, la cual desaconseja que se produzcan situaciones de riesgo como las que se podrían producir en caso de permitir la asistencia de público a eventos deportivos como los señalados.