La Asociación Estatal de ocio nocturno y espectáculos Spain Nightlife ha denunciado la grave situación de inseguridad jurídica que vive el sector los últimos tiempos, la cual alcanzó su cumbre el pasado viernes después de conocerse que, el juzgado contencioso-administrativo núm. 2 de Madrid, no aceptó ratificar las medidas aprobadas por la Consejería de Sanidad del Gobierno autonómico y ello en base a que la Orden Ministerial de la que derivaban las mismas no había sido publicada en el BOE lo que privaba a la primera de eficacia jurídica.
A tal efecto y en primer lugar, debemos decir que las medidas aprobadas por la Consejería de Sanidad del Gobierno autonómico de Madrid no adquieren fuerza jurídica de la Orden Ministerial estatal ya que ésta se compone de una serie de medidas acordadas entre el Estado y todas las Comunidades y que, cada una de éstas, se comprometió a implementar en sus respectivos territorios en base a sus competencias y leyes autonómicas en materia de salud pública y otras normas sectoriales. En ningún caso derivaba dicha fuerza jurídica pues de la norma estatal ya que se trata de una orden y no de una norma con rango de ley y, además, dictada fuera del estado de alarma por lo que las competencias en materia de sanidad corresponden a las comunidades conforme al artículo 148.21 de la Constitución y no corresponden únicamente al Estado como mando único a diferencia de lo que ocurría mientras España estuvo en estado de alarma y dentro de sus prórrogas.
Tal y como explicó Joaquim Boadas, secretario general de SPAIN NIGHTLIFE, “en cuanto a las medidas que afectan al derecho a la libertad de empresa, incluido en el artículo 38 de la Constitución y que se encuentra en la sección 2ª del capítulo 2º del Título I (derechos fundamentales) su limitación debe ampararse en una ley pero esta ley puede ser autonómica, lo que no ocurriría si se limitara por ejemplo el derecho a la libre circulación, incluido en la sección 1ª, que tan solo podría ser limitado por Ley Orgánica, ley que tan solo puede emanar del poder legislativo estatal por lo que, cualquier limitación del mismo por parte de una Comunidad Autónoma sería ilegal”
Sin embargo, creemos conveniente que se aclare el auto dictado el pasado viernes ya que los locales de restauración y ocio nocturno de Madrid no saben si pueden abrir o no mientras se resuelve el recurso de aclaración o en su caso de apelación aunque, en estos momentos, entendemos que las medidas aprobadas por el gobierno autonómico NO se encuentran en vigor, por lo que los locales podrían funcionar normalmente, sin perjuicio de las obligaciones dimanantes de las normas con rango de ley aprobadas previamente por el Estado en el ámbito de sus competencias, como ahora la obligación de llevar mascarilla tanto en espacios abiertos como cerrados (Real Decreto Ley 21/2020).
En otras comunidades las medidas han sido ratificadas y en otras no se ha solicitado
En la Comunidad Autónoma de Valencia, las medidas solicitadas por la Consellería de Sanidad al Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 10 de Valencia fueron ratificadas por éste el pasado día 19 de agosto previo dictamen favorable del Ministerio Fiscal, pero las mismas no fueron solicitadas al amparo de la norma estatal si no en base a las competencias de la Comunidad dimanantes de los artículos 148.1.21 de la Constitución Española y la Ley de Salud de la Comunidad Valenciana.
En otras comunidades, como ahora Cataluña, la Generalitat ha aprobado directamente y sin someterla a ratificación judicial, una resolución con una serie de recomendaciones hacia la población, con restricciones en el ámbito de las actividades recreativas de restauración y musicales (derecho a la libertad de empresa) con más la prohibición de fumar en la vía pública si no se respetan 2 metros de distancia interpersonal, norma que ha sido impugnada ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por la Federación Catalana de Asociaciones de Actividades Recreativas y Musicales (FECASARM), patronal adherida a SPAIN NIGHTLIFE pues, a criterio de la referida patronal autonómica, las medidas son desproporcionadas y arbitrarias.
Criterios judiciales dispares en función de la Comunidad Autónoma
Muchos han sido además los criterios interpretativos que nos han ofrecido los últimos días los diferentes Tribunales Superiores de Justicia de las diferentes Comunidades Autónomas. Así las cosas, el primer Tribunal que se pronunció con relación a dejar en suspenso la limitación horaria impuesta a restaurantes, bares musicales y salones de juego y casinos fue el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en fecha 31 de julio, en un recurso contencioso interpuesto precisamente por la FECASARM y en el marco del cuál el Tribunal dictaminó que “no hay evidencia de que el virus se propague más en función de la hora de cierre” y que la medida era desproporcionada, dejando por tanto a misma en suspenso. Sin embargo, lo más sorprendente de ello es que la Generalitat, pocos días después decidió saltarse dicha resolución judicial y dictó otra resolución contraviniendo la misma, lo que a nuestro criterio convertía a esta última en nula de pleno derecho y, además, dicho hecho podría ser constitutivo de un delito contra la Administración de Justicia, lo que ya ha sido denunciado por la patronal ante el Tribunal.
En segundo lugar se pronunció el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, el cual dejó en suspenso la reducción horaria impuesta por el gobierno autonómico a locales de restauración, argumentando que la medida no quedaba lo suficientemente justificada si se tenían en cuenta los graves perjuicios que se derivarían hacia el sector hostelero.
Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dictó un auto por medio del cual dictaminaba que los contagios en pubs y discotecas no eran significativos, permitiendo el funcionamiento de estos locales, aunque sin pista de baile.
El viernes se nos dio a conocer que el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria denegaba unas medidas cautelares presentadas por la Asociación de Ocio Nocturno de la Comunidad en base a que prevalecía el derecho a la salud frente a los derechos económicos de los empresarios ya que eran resarcibles y, en cuanto a los puestos de trabajo, tanto el Estado como las Comunidades ya han proveído medios para preservarlos. Y en el mismo sentido se había pronunciado días atrás el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
El sector denuncia inseguridad jurídica permanente y exige interlocución, claridad y ayudas
Ante la disparidad de criterios e interpretaciones jurídicas provenientes de las diferentes Comunidades Autónomas, el sector del ocio nocturno exige a la Administración claridad e interlocución y culpa a la misma del “caos jurídico” que se está produciendo por aprobar normativas sin contar con la participación de los empresarios. Además, el sector denuncia que se siente criminalizado, cuando la mayor parte de locales cumple las normas de protección de la salud a raja tabla, siendo los locales de restauración y ocio nocturno espacios muy seguros, muchísimo más que los botellones, las “rave” y las fiestas privadas que están proliferando a falta de oferta legal.
En palabras de Óscar Iglesias, presidente de la Asociación de Discotecas de Valencia y directivo de SPAIN NIGHTLIFE, “los empresarios de sector viven en una incertidumbre constante, y si le añadimos la inseguridad jurídica provocada por las diferentes normas que se aprueban y las diferentes interpretaciones judiciales que se hacen de las mismas debido a que no son claras, sumado todo ello a la desesperación que les provoca no saber si van a poder abrir pronto y si van a poder mantener a sus familias y salvar sus negocios, la situación es insoportable, por lo que exigimos a las diferentes administraciones interlocución, claridad y ayudas urgentes“.
El sector del ocio nocturno, entre los más perjudicados por la pandemia
Tal y como ya advirtió hace unos días el presidente del Círculo de Empresarios de Ocio Nocturno y Espectáculos de Madrid (CEONM) y vicepresidente de Spain Nightlife, Tito Pajares, “hace días que venimos sosteniendo que los sectores más perjudicados por la pandemia son el turismo, el ocio nocturno, la cultura y la hostelería, por lo que es urgente que en España se haga como en Francia , Alemania o Italia y se empiecen a aprobar ayudas mensuales a favor de las empresas del sector del ocio nocturno, festivales y espectáculos a fin y efecto de que estas puedan hacer frente a gastos fijos como alquiler, luz o agua, entre otros. Pajares ha insistido nuevamente en que el Ocio Nocturno es clave para el turismo y la cultura, pues agrupa a 25.000 empresas de distinto tamaño que representan el 1,8% del PIB del país, da trabajo a cerca de 300.000 puestos de trabajo directos e indirectos
Tal y como recordaréis, el pasado día 6 de Agosto, el Director de Gabinete de la Ministra Reyes Maroto, Juan Ignacio Díaz Bidart, reconoció en el marco de la reunión mantenida con representante de SPAIN NIGHTLIFE que el sector del ocio nocturno es uno de los sectores económicos más castigados por la pandemia y tomó nota de las reivindicaciones planteadas, asegurando que “el gobierno se toma muy en serio el mantenimiento del empleo y el tejido empresarial y su objetivo es no dejar a nadie atrás como consecuencia de la terrible crisis ocasionada por el coronavirus, por lo que no cesaremos en la búsqueda de las medidas adecuadas para lograrlo”.
SPAIN NIGHTLIFE se encuentra ahora a la espera de poder reunirse con el presidente del Gobierno Pedro Sánchez, con quién han solicitado reunirse urgentemente ante la grave situación que vive el sector del ocio nocturno, a la espera de que el mismo nos ofrezca un plan de ayudas acorde a las necesidades de un sector estratégico para el turismo del país y acorde al número de familias que viven del mismo, cerca de 300.000.