Desde el 11 de abril y hasta el 30 de junio de 2023 se puede presentar la declaración de la Renta 2022
Un año más, comienza el periodo para la presentación de la declaración de la Renta, que desde el 11 de abril pueden presentar los trabajadores por cuenta propia. No obstante, este será el último año que los autónomos, dependiendo de su nivel de ingresos, pueden realizar o no su declaración, ya que en 2024 entrará en vigor un nuevo sistema de cotización que contiene otros requisitos para los autónomos.
Desde Asesoría Orihuela Costa, ofrecen las claves para que los autónomos puedan realizar su declaración de la Renta en 2023, la cual corresponde al ejercicio de 2022, de forma correcta evitando cualquier error.
¿Quién debe presentar la declaración de la Renta?
Este año 2023 será el último año en el que los autónomos cuyo rendimiento neto sea inferior a los 1.000 euros no tengan obligación de realizar su declaración manteniendo la obligación en aquellos cuyo rendimiento neto haya sido igual o superior a los 1.000 euros.
De acuerdo a la nueva norma, según la Agencia Tributaria, en 2024, cuando se declaran los ingresos percibidos en 2023, todos los autónomos, independientemente de cuáles hayan sido sus ingresos, deberán realizar la declaración de manera obligatoria, ya sean cifras inferiores o superiores a 1.000€.
Gastos deducibles
- La cuota de autónomos es deducible, la cual, a partir de 2024, se calculará en función de los ingresos reales del trabajador.
- Las nóminas de la Seguridad Social de los empleados se pueden incluir en la declaración.
- Las facturas del teléfono profesional o de empresa.
- Los gastos derivados de la gestoría o de un asesor financiero se pueden incluir en la declaración de la Renta.
- Los gastos relacionados con los servicios de asesoría legal también son deducibles.
- Los gastos derivados de las herramientas digitales y programas informáticos necesarios para el desarrollo de la actividad laboral y los gastos de la web corporativa, son desgravables.
- Todo el material publicitario y los gastos de marketing se pueden incluir en la declaración.
- Seguros y cuotas a colegios profesionales.
- Gastos derivados de eventos y formaciones profesionales.
Errores comunes al realizar la declaración de la Renta
- Presentar la declaración de la Renta fuera de plazo supone un recargo de entre el 5% y el 20% del importe ‘A pagar’. Si el resultado es ‘A devolver’, la multa será de 100 euros.
- Indicar de forma errónea las deducciones, omitir datos o falsearlos conlleva multa. Al igual que presentar la declaración con datos erróneos o información incompleta también está penalizado.
- Incluir documentos falsos para obtener beneficios puede suponer diferentes multas, que van del 50% al 100% del importe, multas del 150% o multas de hasta 300.000.
Desde Asesoría Orihuela Costa, equipo formado por profesionales especializados en diferentes áreas legales para empresas, autónomos y particulares, ofrecen servicios financieros para la realización de la declaración de la Renta.
Fuente Comunicae